Ayudas al alquiler para jóvenes menores de 35 años, ¡no te quedes fuera!

¡Jóvenes de hasta 35 años! Esto os interesa. El nuevo Plan Estatal de Vivienda ya está aquí. Y para evitar que pierdas el tiempo leyendo la letra pequeña, te respondemos a las principales dudas que te pueden surgir si te planteas solicitar esta ayuda. ¡No te quedes fuera!

  1. ¿Eres lo suficientemente joven para pedir la ayuda?

Según el Plan debes tener más de 18 y menos de 35 años en el momento de hacer la petición y tendrá una duración de 3 años. Por lo que, si te conceden la ayuda con 34 años, estará en vigor hasta que tengas 37. Eso sí, una vez que finalice ya no podrás volver a pedirla.

  1. ¿Cuánto debo ganar al año para solicitarla?

Para pedir esta subvención, el total de ingresos de los que viven en el hogar, no debe superar los 22.558€ brutos anuales. ¿Y esto cuánto supone al mes? Fácil, si vives solo y tu sueldo mensual no supera los 1.600€, ¡pide la ayuda! Pero si hablamos de familias numerosas o personas con discapacidad, los ingresos por hogar se situarán entre 30.076€ y 37.595€, en función de las circunstancias.

Además, debes tener en cuenta que esta ayuda no es compatible con las prestaciones del programa de Renta Básica de Emancipación u otras ayudas al alquiler.

  1. ¿De cuánto tiene que ser el alquiler?

Pues dependiendo de la comunidad autónoma, el máximo rondará entre los 600 euros o 900 euros. Si tu alquiler ronda los 600 euros, el Estado aportará hasta el 50% del alquiler mensual, mientras que, si pagas en torno a 900 euros, la ayuda será de hasta el 30% más 90 euros adicionales. Vamos, una ayuda máxima de 390 euros aproximadamente.

  1. ¿Tengo que ser el titular del contrato de alquiler?

Efectivamente, para poder pedir la ayuda, debes ser el titular del contrato en el momento de hacer el trámite y, además, debes estar empadronado en esa vivienda. Aunque si no lo estás, tienes hasta dos meses para hacerlo y presentar la documentación. Otra cosa que no debes olvidar es que el contrato debe cumplir con la Ley de Arrendamientos Urbanos, es decir, no sirve el habitual documento que firmas con tu casero o un contrato verbal.

  1. ¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

Estas subvenciones dependen de cada una de las comunidades autónomas, así que para solicitarla debes acudir a la Consejería de Vivienda que te corresponda.

Y lo mejor de todo es que esta ayuda se otorgará con carácter retroactivo a 1 de enero de este año. ¡Uh! Tentador, ¿verdad?