EVO Experto #5: Consejos para ahorrar en tu Declaración de la Renta

¡Bienvenidos a un nuevo EVO Experto! En este webinar le perderemos el miedo a la declaración de la renta, porque aprenderemos unos cuantos tips para hacerla de forma muy sencilla, a la vez que ahorramos un poquito. Para ello contamos con la participación de los mejores expertos, Paz Comesaña, nuestra Directora de Marketing y Publicidad, Enrique García Moreno, CEO – Co founder de TaxDown, y Paula Urcera, responsable fiscal de TaxDown.

Conoceremos todos los entresijos del IRPF y además por ser de EVO podrás hacer tu declaración de este año junto a nuestros expertos. Merecerá la pena. ¡Dale al play!

He leído que las deducciones por aportaciones a planes de pensiones y PIAS se han reducido para 2021 a 2000€. ¿Es así?

Los PIAS y los planes de pensiones aunque a nivel de ahorro podrían funcionar de una manera parecida, a nivel fiscal la tributación es diferente. Mientras que los planes de pensiones desgravan en la declaración de la renta, los PIAS no. Por tanto, las aportaciones que se hagan a los PIAS no tienen ninguna relevancia nivel fiscal. Una vez que se rescaten los mismos en forma de rentas vitalicias, la rentabilidad estará exenta de tributar en el IRPF. Sin embargo, la parte del interés obtenido en la anualidad percibida en el rescate sí que tributaría.

Los PIAS no se pueden incluir en el apartado de planes de pensiones, ya que a nivel fiscal no tienen tal consideración y, por tanto, no gozan de los mismos beneficios que éstos.

Respecto a los planes de pensiones, efectivamente el importe máximo que se podrá aportar en 2021 será de 2.000€ cuando son aportaciones personales, sin embargo se mantiene el límite que existe ahora, 8.000€, en el caso de que la aportación la realice la empresa.

Tenía entendido que los cheques que te dan las empresas para restaurantes, transporte, etc… sí se tributan ¿es verdad?

No, estos servicios están exentos si se contratan a través de la empresa y, por lo tanto, por este dinero no se paga impuestos en el IRPF; está exento. En relación con los tickets restaurante el importe máximo exento es de 2.783€ por persona al año, que al mes son 232€. En relación con el bono transporte, El máximo por año que puede solicitarse es de 1.500€.

Si los rendimientos del ahorro superan los 200.000 euros, ¿es este año ya el tipo del 26%?

No, esto afectará para la declaración de la renta del año que viene (Renta 2021 que se presenta en 2022).

Las indemnizaciones de FOGASA, que ya están decrementadas de por sí en casi un 30%  y que a mi e las han pagado después de 4 años, al haberse declarado la empresa para la que trabajaba insolvente, ¿estoy obligado a declararlo como ingresos recibidos de segundo pagador?

Los rendimientos percibidos a través de FOGASA, tienen la condición de rendimientos del trabajo, por lo tanto, cuentan como un pagador más. En este caso, deberán incluirse mediante una complementaria, sin recargo, relativa al ejercicio en el que debieron cobrarse, salvo que el año esté ya prescrito. El plazo de prescripción es de 4 años.

Tengo dos viviendas en propiedad en una localidad y vivo en otro sitio distinto. Las viviendas propias están alquiladas, pero vivo en un piso de alquiler. Pago a Hacienda por lo que cobro, pero… ¿cómo puede deducir el alquiler de la vivienda donde resido? Si viviera en una de mis propiedades no tendría ese ingreso, ni tendría que pagar alquiler…

La posibilidad de aplicar la deducción de alquiler está condicionada por un lado a donde vivas, y por otro a cuántos ingresos tengas, no tiene nada que ver con que tengas un piso alquilado o no. Existe una deducción por vivir de alquiler estatal, y otras autonómicas, y según los ingresos que tengas, y tu edad, existirá la posibilidad de que te puedas aplicar deducciones por este concepto o no. Lamentablemente la norma está así estructurada.

Los bonus variables de empresa, ¿hay que declararlos como ingreso extra aunque se le haya aplicado el IRFP cuando se reciben?

Si, como tu nómina normal. De hecho la empresa lo reportará junto con el resto de tus ingresos de forma anual.

En diciembre vendí mi vivienda habitual y quiero saber ¿cómo debo declararlo, qué gastos son deducibles, las facturas se consideras con IVA o sin él? ¿Se declara el beneficio obtenido? Es decir, ¿la diferencia entre lo que pagué y lo que me han pagado por la venta?

Tributa como una ganancia, por la diferencia entre el precio de venta de la casa, y el precio por el que la compraste, del 19% al 23% hasta 2020, y hasta el 26% a partir del 2021. El importe de la venta que tienes que incluir en tu declaración, es el total que te corresponda a ti, por el que has vendido la casa. Si la casa la has vendido por 300.000€ y tienes de propiedad un 50%, pues tendrás que incluir 150.000€

¿Y qué gastos puedo incluir? Puedes incluir todos los gastos que has tenido por la venta del inmueble. Ejemplos:

a) Lo que has pagado en el Registro de la propiedad;

b) Lo que has pagado de Notario;

c) Si has vendido a través de inmobiliaria, lo pagado a la inmobiliaria;

d) Cualquier otro gasto en el que se incurriera al realizar la adquisición de la vivienda y que fuera inherente a la misma.

El precio de compra de la casa es un poco complicado de calcular, en ocasiones. Lo forman la suma de: el precio por el que compraste la casa y el coste de las inversiones y mejoras efectuadas en la casa.

¿Qué quiere decir esto último? Que si, por ejemplo, me compré una casa por 100.000€, pero le hice una reforma integral poniéndole aire acondicionado, ventanas aislantes, una piscina… Y tengo justificantes de todas estas cantidades, se las puedo sumar al precio de compra y hacer que mi precio de compra sea mayor.

Si mi precio de compra es mayor, significará que la ganancia que obtengo por la venta será menor, y por lo tanto pagaré menos impuestos en el IRPF por ello.

¿Cómo gastos a incluir? Puedes incluir todos los gastos que has tenido por la venta del inmueble. Ejemplos:

a) Lo que has pagado en el Registro de la propiedad;

b) Lo que has pagado de Notario;

c) Si has vendido a través de inmobiliaria, lo pagado a la inmobiliaria;

d) Los impuestos que hayas pagado por la compra de la casa (IVA si es vivienda de nueva construcción o ITP si no es primera construcción)

e) Cualquier otro gasto en el que se incurriera al realizar la adquisición de la vivienda y que fuera inherente a la misma.

Cuidado porque si la casa la compraste antes del 31 de diciembre de 1994, podrías tener derecho a unas reducciones y beneficios por la venta de esa vivienda, que se denominan coeficientes de abatimiento.

¿Qué ocurre si por el COVID estoy teletrabajando desde otro país, pero mis ingresos están en España y aquí tengo mi vivienda habitual?

En estricto sentido perderías la residencia fiscal en España, y tu tributación cambiaría. Deberías contactar con alguien especializado para mirar esta cuestión en detenimiento.

¿Los gastos del dentista para arreglar la boca se desgravan de alguna manera? Soy pensionista.

No, salvo que vivas en alguna comunidad autónoma que tenga beneficios específicos por gastos de enfermedad.

Las acciones, entiendo que solo podemos desgravarlas en caso de haberlas vendido y haber obtenido pérdidas… ¿es correcto?

Las acciones solo se declaran cuando se produce una ganancia o una pérdida, y esto sucede cuando se venden. Si no se venden no se deben incluir en la declaración

Si estás alquilado, ¿también se pueden presentar los gastos del ibi? En mi caso, el dueño me hace pagarlo a mí…

Hacienda ha determinado que el IBI, si lo paga el inquilino, lo puede incluir a la hora de aplicarse la deducción por alquiler.

¿Cómo tributan las criptomonedas? ¿Tengo que pagar por ellas si todavía no he obtenido los beneficios?

Las criptomonedas pagarán impuestos en el IRPF cuando se vendan, por la diferencia entre el valor de venta y el valor de compra, siguiendo las reglas del método FIFO, como cuando vendes acciones.

Aquí es importante detallar que la venta se debe reportar cuando vendes realmente la moneda, no cuando cobras la cantidad recibida respecto de la misma. Por lo tanto si las has vendido lo tienes que incluir aunque no hayas cobrado, y si no las has vendido aún no lo tienes que incluir.

Mi hijo, con discapacidad reconocida del 65% de 14 años recibió una beca para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo del Ministerio de Educación. ¿Esto lo debo incluir en la declaración? Y si es así, ¿a quién se le asigna? Teniendo en cuenta que él es menos de edad, pero es el beneficiario.

En estos casos recomendamos ponernos en contacto con el organismo que concede la ayuda para que nos confirme si está exento o no. Si estuviera exento no habría que reportarlo en la declaración. Si hubiese que reportarlo, habría que ver si tu hijo en total tiene ingresos que superen 8.000€ ya que en ese caso no podrías incluirlo en tu declaración y tendría que presentar declaración por su cuenta. La declaración de la renta no tiene edad mínima para presentarse.

Si mi esposa no ha trabajado en España, ¿puedo hacer la declaración conjunta?

No, ya que ella será no residente fiscal en España, y tendrá que presentar la declaración de forma diferente.

Tengo un piso en alquiler y la inquilina no declara porque no le interesa, por lo que yo tampoco. En este caso, ¿tengo que incluir los gastos deducibles como IBI y comunidad que es lo que pago por él?

Todos los ingresos que se reciban deben incluirse en el IRPF, es ilegal no hacerlo y hacienda te puede sancionar. Desde luego, si los ingresos no se incluyen los gastos tampoco se podrán incluir.

¿Los seguros de hogar en piso alquilado desgravan?

Si eres casero y tienes una casa alquilada si, puedes incluir los gastos del seguro del hogar.

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