¡Adiós 2016 y hola 2017! Siempre hace ilusión comenzar un nuevo año, con nuevos propósitos, nuevos planes y nuevas ilusiones. ¡Todo es nuevo! Hasta en materia fiscal, el cambio de año, también trae cosas nuevas. Y una de ellas es la retención del IRPF, que se actualiza cada año dependiendo de la situación de los trabajadores.
Como bien sabes, el IRPF es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y grava la renta obtenida en un año por los ciudadanos españoles. Recuerda, Hacienda somos todos. La Agencia Tributaria es la encargada de recaudar este impuesto y ya ha actualizado la herramienta que permite el cálculo de las retenciones del trabajo personal para 2017.
Pero no te preocupes, que te explicamos que podrás encontrar y cómo usar este programa:
- Existe un módulo que se puede descargar e instalar. Es necesario tener la máquina virtual de Java instalada en el ordenador.
- Con introducir el NIF y los datos personales, acompañado de su situación familiar y laboral, podrás calcular tu retención. ¿Has visto qué fácil?
- ¿Qué datos son importantes? Datos personales tales como la situación la situación familiar y laboral, residencia o grado de discapacidad y datos económicos sobre los rendimientos obtenidos y las reducciones y deducciones aplicables durante el ejercicio.
- En el caso de ser autónomo o tener varios trabajos, también hay que rendir cuentas de todas las actividades y deducciones fiscales.
Esta herramienta sirve para calcular las retenciones de este año, pero no sustituye al modelo 145. O dicho de otra manera, como trabajador tendrás que rellenar ese documento que te pasarán a principios de año en tu empresa para ver si tu situación personal ha cambiado.
Como sabemos que este tema genera muchas dudas, también te desvelamos algunas cosas que deberías saber y algunas otras curiosidades como:
- Las retenciones varían desde el máximo del 45% para rentas de trabajo superiores a 600.000,01€ al mínimo del 2% para determinadas actividades agrícolas. En avicultura y porcino se reduce incluso al1%.
- Algunos contratos temporales aplican, por norma general, una retención del 2%. Si el contrato se renueva la retención aumentará.
- ¿Se puede pedir una reducción de la retención a la empresa? Por si tenías dudas, no se puede. La legislación establece las retenciones que cada empresa debe aplicar en función de la situación particular del contribuyente. Pero sí se puede pedir que te la suban.
Y ahora, seguro que te quedarás más tranquilo sabiendo que puedes calcular tú mismo tus retenciones, antes incluso que tu propia empresa. ¿Lección aprendida? ¡Pues a por ello!